Un fallo de la Sala I de la Cámara de Garantías de Morón dejó abierta la puerta para salgan miles de presos en la provincia de Buenos Aires. En el caso concreto, el tribunal permitió que se otorgue la domiciliaria, de manera inmediata, a un hombre acusado de un intento de asesinato pese a que la medida no estaba firme y que no se le había colocado la pulsera electrónica, dos de los requisitos que exige el Código Procesal Penal de la provincia de Buenos Aires.
El caso que motivó el polémico fallo tramita en el juzgado de Garantías 6 de Morón y tiene como protagonista a Santiago Martínez, quien está acusado de haber atacado a Nicolás García (20), porque estaba charlando con su ex novia. El hecho tuvo lugar el 12 de noviembre del año pasado en un boliche de Hurlingham. Martínez lo agredió con una copa rota y lo dejó al borde de la muerte.
En un primer momento, Martínez fue acusado de intento de homicidio y quedó detenido en una comisaría. Pero en marzo la Cámara cambió la calificación a “lesiones graves”, apartándose de su propia jurisprudencia.
A partir de ese momento, la defensa de Martínez reclamó la libertad morigerada, lo que fue rechazado en primera instancia. Al momento de decidir, la Sala I decidió dejarlo en libertad de manera automática pese a que la resolución no estaba firme y que todavía no se le había colocado una pulsera electrónica, lo que se concretó el 21 de abril.
Con ese antecedente, el abogado Fernando Sicilia presentó un habeas corpus y reclamó que “con los mismos argumentos que han dado los jueces de dicha Sala I en esta causa, resuelvan todos los juzgados de Garantías que se ejecuten de forma inmediata todas aquellas morigeraciones concedidas por algún órgano y apeladas, como así también todas aquellas que estén firmes, pero que no se hicieron efectivas por falta de pulseras de Monitoreo”. Dicho de otra manera, que se haga lugar al pedido de prisión domiciliaria de todos los detenidos que estén en las mismas condiciones del caso de Martínez.
Entre otros argumentos, Sicilia sostuvo que se debe aplicar el principio de igualdad previsto en el artículo 16 de la Constitución Nacional.